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Una Constitución estatista

418_laconsultaPrimavera Digital.– San Agustín, La Lisa, Nelson Rodríguez, (PD) Quien haya sufrido en carne propia o sido testigo de las violaciones de los Derechos Humanos de carácter continuado que se cometen en Cuba a lo largo de hace ya más de medio siglo de existencia de una dictadura dinástica, le resulta paradójico y hasta irónico conocer, que fue precisamente por iniciativa cubana desde las primera sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas en Londres, la propuesta de la elaboración de un documento donde se reconocieran los derechos humanos, lo cual se concretó en 1948 en la Declaración Universal.

Pero si esto pudiera resultar paradójico e irónico, repugnancia causa el hecho de saber que desde los primeros años de la mal llamada revolución, el gobierno cubano, la misma dictadura de hoy, apoyara la creación de una Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y que en la consulta celebrada en 1959 en Santiago de Chile a tales propósitos, el Ministro de Relaciones Exteriores cubano, portavoz de la dictadura, planteara, entre otras ficciones, que su gobierno apoyaba todas las medidas que se adoptaran para proteger el ejercicio de los derechos humanos y sancionar sus violaciones.

Quizás pueda llegar a comprender que los que no han sufrido ni sido testigos de estas violaciones no encuentren esto irónico, paradójico o repugnante. No obstante, creo que con un simple comentario y enunciar un precepto constitucional, pueda hacerlos cambiar de opinión.

En lo que respecta a los Derechos Humanos, la Constitución cubana en su Capítulo VII los regula bajo el título “Derechos, Deberes y Garantías Fundamentales”.

Como ya he expresado en varias oportunidades, solo es una apariencia.

Hay que darse cuenta de una vez y por todas que la Ley de Leyes cubana no está orientada ni mucho menos a garantizar ningún derecho ciudadano, toda vez que su característica fundamental, teniendo en cuenta el esquema legal que la sustenta, no es otro que la clara supremacía de los dictadores sobre los ciudadanos.

El estado socialista cubano limita absolutamente todos los derechos ciudadanos, y no es necesario dar una explicación detallada de la Constitución para demostrarlo, pues la letra de su artículo 62 no deja dudas de ello al expresar que: “Ninguna de las libertades reconocidas a los ciudadanos puede ser ejercida… contra la existencia y fines del Estado socialista…”

¿Qué les parece?
nelsonchartrand@gmail.com; Nelson Rodríguez

Written by Primavera Digital

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