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[VIDEO] Conoce los detalles del ‘Programa de Permiso de Reunificación Familiar Cubano’ (CFRP)

Tanto la política especial de permisos humanitarios para ciudadanos cubanos que llegan a EE.UU., comúnmente conocida como “pies secos, pies mojados”, y el Programa de Permisos para Profesionales Médicos Cubanos caducaron el 12 de enero de 2017. Lea el anuncio en el sitio web de DHS. El Programa de Permiso para Reunificación de Familias Cubanas permanece en efecto.

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Elegibilidad a 'Programa de Permiso de Reunificación Familiar Cubano' (CFRP)

Creado en 2007, el Programa de Permiso de Reunificación Familiar Cubano (CFRP, por sus siglas en inglés) permite a ciertos ciudadanos estadounidenses elegibles y residentes permanentes legales solicitar un permiso de ingreso para sus familiares en Cuba. Si se concede el permiso de ingreso, estos miembros de la familia pueden venir a los Estados Unidos sin tener que esperar por sus fechas de prioridad de visa de inmigrante. Una vez en Estados Unidos, los beneficiarios del Programa CFRP pueden solicitar permiso de empleo mientras solicitan la residencia permanente legal.

El abogado de Inmigración, Wilfredo Allen, explicó más detalles sobre estos nuevos cambios al programa América Tevé.

Elegibilidad a ‘Programa de Permiso de Reunificación Familiar Cubano’ (CFRP)

Si presentó el Formulario I-130 por su familiar, usted es conocido como el peticionario y su familiar es el beneficiario. Usted será elegible a solicitar permiso de ingreso bajo el programa CFRP para su familiar que está en Cuba, si:

  • Usted es un ciudadano estadounidense o residente permanente legal (LPR);
  • Tiene un aprobado el Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero por un familiar cubano;
  • Una visa de inmigrante no está disponible para su familiar  y
  • Usted recibió una invitación del Centro Nacional de Visas del Departamento de Estado (NVC, por sus siglas en inglés) para participar en el programa CFRP. Por favor, vea más adelante la sección Solicitar al Programa CFRP para más detalles.

Para ser elegible, el beneficiario principal deberá:

  • Ser un nacional cubano residiendo actualmente en Cuba  y
  • Tener un peticionario que haya sido invitado a participar en el programa CFRP.

Elegibilidad a 'Programa de Permiso de Reunificación Familiar Cubano'

NOTA: Los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses no son elegibles a CFRP, ya que pueden solicitar inmediatamente las visas de inmigrante una vez aprobado su Formulario I-130. Los familiares directos son: los cónyuges de ciudadanos estadounidenses, hijos solteros menores de 21 años de edad de los ciudadanos de Estados Unidos y, los padres de ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años de edad.

Solicitar al Programa CFRP

No solicite al Programa CFRP hasta que NVC le envíe la invitación para solicitar. Los posibles beneficiarios que están en Cuba no pueden solicitar por sí mismos.

Cómo actualizar su dirección de postal

Si usted es un peticionario que cree que podría ser elegible  al Programa CFRP, asegúrese de que NVC tenga su dirección postal más reciente.  Contacte a NVC y presente un formulario de Consulta en Línea.

Permiso de ingreso bajo el ‘Programa de Permiso de Reunificación Familiar Cubano’ (CFRP)

La Ley de Inmigración y Nacionalidad da a USCIS la autoridad de usar su discreción para conceder el permiso de ingreso por motivos humanitarios urgentes o por razones de beneficio público significativo.

El permiso de ingreso bajo el programa CFRP permite que un individuo entre legalmente a EE.UU. y pueda solicitar la autorización de empleo. El permiso no confiere ningún estatus migratorio legal en Estados Unidos.

Sin embargo, la Ley de Ajuste Cubano de Refugiados de 1966 permite a cubanos con permiso en los Estados Unidos solicitar convertirse en residentes permanentes legales (LPR) después de estar presentes en Estados Unidos durante un año.

Un cubano que ingresa a los Estados Unidos bajo el programa CFRP cumple con la definición de un inmigrante cubano.

Trasfondo del ‘Programa de Permiso de Reunificación Familiar Cubano’ (CFRP)

Los Acuerdos Migratorios de 1994/1995 entre Estados Unidos y Cuba comprometen a Estados Unidos a procesar al menos 20 mil cubanos para inmigración legal cada año, sin incluir los familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses. En 2007, USCIS lanzó el programa CFRP para ayudar a Estados Unidos a cumplir con sus obligaciones anuales en virtud de los Acuerdos.

Written by Redacción CPEM

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