Los requisitos para solicitar la nacionalidad cubana en el exterior ya fueron publicados por el Ministerio del Interior en la Gaceta Oficial 1361 del 30 de diciembre de 2017. Las solicitudes para los nacidos en el exterior, de madre o padre cubano, se realizarán ante el consulado cubano con jurisdicción en el país de residencia del solicitante o en la Oficina de Trámites del Ministerio del Interior que corresponda. Según reseña de Diario De Cuba.
“Los hijos nacidos en el exterior de quienes adquieran la ciudadanía cubana por nacimiento, cuando arriben a la mayoría de edad, pueden solicitar de igual forma la adquisición de la ciudadanía cubana por nacimiento, conforme se dispone, siempre que demuestren lazos permanentes y relaciones estables con el país durante un período mínimo de dos años anteriores a presentar la solicitud y aprueben el examen de ciudadanía”.
Así mismo, la legislación indica que en caso de que los solicitantes sean menores de edad, se deberá tramitar la nacionalidad a través de sus padres o representantes legales, y en caso de faltar uno de ellos, debe consignarse una autorización acreditada de éste aprobando la gestión.
“En caso de que no concurran ambos padres al inicio del trámite, debe acreditarse la autorización del que no se presente mediante documento expedido ante notario público o el cónsul correspondiente”.
Causas para denegar
Entre las causas para la denegación, la Resolución indica que el beneficio pudiese ser denegado cuando el interesado, el padre o madre cubanos o representantes legales de los menores de edad comprendidos en el presente Decreto-Ley, “hayan cometido hechos” o “realizado acciones contra los fundamentos políticos, sociales y económicos del Estado cubano, se archiva el expediente iniciado y se notifica al solicitante”.
Asimismo, detalla que “los hijos menores de edad, de las personas a que se refiere el párrafo anterior, al arribar a la mayoría de edad, pueden solicitar la adquisición de la ciudadanía cubana”.
El examen de ciudadanía es uno de los requisitos que se requieren aprobar para comprobar que el interesado habla con claridad el idioma español y lo entiende sin dificultad. La prueba indaga para determinar sí el aspirante a la ciudadanía conoce las regulaciones constitucionales sobre la organización política, administrativa y social del país, así como los símbolos nacionales, los derechos y deberes ciudadanos, los períodos históricos y sus principales líderes.
Redacción Cubanos Por El Mundo