Asesinado por personas desconocidas, el hijo de mi vecina murió hace unos diez años. Pero todavía hoy el crimen permanece sin esclarecer. ¿Significa la impunidad por ineficacia policial que el asesinato no se produjo? Parece, a juzgar por lo dicho por Josefina.
Apropósito de la reciente audiencia convocada por el Senado estadounidense para conocer lo ocurrido a los diplomáticos de Washington en La Habana, Josefina Vidal, directora general para Estados Unidos del Ministerio de Relaciones Exteriores de Cuba, dijo: “El Departamento de Estado no tiene evidencia alguna que le permita afirmar que ha habido ataques contra sus diplomáticos en La Habana, ni que Cuba pueda ser responsable o tener conocimiento de acciones de terceros”.
Al respecto cabe decir: Josefina, los lesionados están ahí. Por probar está quién es el autor y los cómplices de esas lesiones.
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Constitutivos de actos hostiles contra un estado extranjero de probarse esos acontecimientos, un comité de expertos del Gobierno cubano concluyó que no hubo tal agresión contra los diplomáticos estadounidenses y sus familiares en La Habana porque “no es posible” un ataque sónico en las circunstancias descritas; sugiriendo periodistas gubernamentales que este suceso es un “Maine sónico” (operación de vadera falsa) en alusión al hundimiento del acorazado USS Maine en el puerto de La Habana en febrero de 1898.
Steve Goldstein, subsecretario de Estado para Diplomacia Pública y Asuntos Públicos, declaró que el hecho de no existir certeza de que lo ocurrido a los diplomáticos estadounidenses en La Habana se trate de ataques acústicos, no significa que no haya otra causa. “Lo que tenemos claro es que hay 24 heridos”, dijo.
Según el Código Penal cubano, comete delito de lesiones “el que cause lesiones corporales graves o dañe gravemente la salud de otro”. El propio código conceptúa que, “se consideran lesiones graves las que ponen en peligro inminente la vida de la víctima, o dejan deformidad, incapacidad o cualquiera otra secuela anatómica, fisiológica o síquica”.
La Ley de Procedimiento Penal expresa que “cuando se trate de lesiones, será suficiente traer a las actuaciones la certificación o dictamen prudencial emitido por el facultativo, sobre el carácter de las lesiones siempre que contengan los elementos indispensables para fundamentar la calificación del hecho y sus posibles consecuencias”.
Dicho de otro modo: basta la certificación médica autenticando lesiones de presumible origen delictuoso y el pronóstico facultativo para que las autoridades se den por enteradas y procedan a la investigación.
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Pero las autoridades cubanas, aunque abrieron y mantienen en curso un expediente investigativo por el presunto delito de “Actos contra los jefes y representantes diplomáticos de estados extranjeros” (artículo 113 del Código Penal), se quejan por sólo haber recibido de la parte estadounidense “un reporte que no es un reporte médico”, dijo el teniente coronel Roberto Hernández a la televisión gubernamental. “Nosotros no tenemos evidencias que esos hechos hayan ocurrido”, aseguró el oficial de la Dirección General de Investigación Criminal y Operaciones.
“Nunca pudimos acceder a los supuestos enfermos”, dijo el Dr. Villar, del comité de expertos, refiriéndose a los síntomas reportados por los diplomáticos estadounidenses, descartando también la hipótesis de la intervención de virus o tóxicos porque las enfermedades virales cumplen un patrón epidemiológico. “Los virus dejan rastros y los tóxicos también”, dijo el Dr. Villar, afirmando: “Es necesario ver a esas personas, conversar con ellas”.
El Gobierno cubano ha rechazado la “politización de este asunto”, y así lo reiteró esta semana ante medios gubernamentales la directora de la cancillería Josefina Vidal. Pero “este asunto”, de corroborarse, es un delito político, previsto y sancionable por el Código Penal cubano en los “delitos contra la seguridad interior del Estado”, conceptuado en el artículo 113 como “actos contra los jefes y representantes diplomáticos de Estados extranjeros”, y por este presunto delito el Ministerio del Interior dio apertura al expediente investigativo, según admitieron los mismos oficiales que llevan el caso.
Luego, respecto a la ausencia pública de los diplomáticos estadounidenses lesionados, de interés para la opinión ciudadana, y en particular a lo dicho por el Dr. Villar del comité de expertos del Gobierno cubano, “es necesario ver a esas personas, conversar con ellas”, preguntamos a un forense: ¿La confidencialidad mantenida con los diplomáticos evacuados de La Habana por las autoridades estadounidenses es congruente con la práctica médico-legal internacional?
“No sólo es congruente, sino lógica y justificada; de ajustarse a la realidad los pormenores denunciados, este es un evento inédito; estas personas vienen a ser testigos protegidos, no es que deban permanecer en casas de seguridad, pero en ellos hay mucho de espécimen de laboratorio a la hora de identificar los instrumentos del delito y quiénes pueden estar en posesión de agentes capaces de dañar o lesionar nunca vistos. ¿Y cómo pedir al Gobierno de Estados Unidos compartir con Cuba el conocimiento de agentes de vulneración tan novedosos, si Fidel Castro al enfermar ocultó hasta su estado de salud?”, dijo el legista.
Cierto. El 1ro de agosto de 2006, a raíz de enfermar, Fidel Castro dirigió un mensaje “al pueblo de Cuba y a los amigos del mundo” diciendo que no podía inventar noticias buenas, por lo que “en la situación específica de Cuba, debido a los planes del imperio (Estados Unidos) mi estado de salud se convierte en secreto de Estado que no puede estar divulgándose”. En consecuencia, parece poco atinado que ahora La Habana pregunte a Washington por la salud de sus diplomáticos.
Por Alberto Méndez Castelló
Publicado en Cubanet