La Convención de Montreal, convenio al cual Cuba está suscrito desde el año 2005, establece que la indemnización a los familiares de las víctimas tras un accidente aéreo podría ser hasta de 160.000 dólares por cada pasajero. Los montos son variables dependiendo de la evidencia que arrojen las investigaciones sobre las causas del siniestro. Así lo indicaron expertos consultados por Martí Noticias.
El acuerdo firmado en 1975, fue actualizado en 1999 para “asegurar la protección de los intereses de los usuarios del transporte aéreo internacional y la necesidad de una indemnización equitativa fundada en el principio de restitución”, dice el documento.
Sí se llegara a demostrar que el avión fue fabricado o diseñado negligentemente, la empresa estadounidense Boeing, se vería obligada legalmente a indemnizar a los familiares de cada pasajero con 160.000 dólares, bajo los estatutos de la Convención de Montreal.
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Variables
La indemnización está sujeta a variables. El monto se definirá en muchos casos tomando en cuenta la pérdida económica sufrida por el pasajero o su familia debido al accidente. Los factores considerados para calcular el reparo son: si el fallecido era cabeza de familia, su salario, cuantas personas dependían de él o ella, cuántos años de vida laboral le quedaban y cuanto habría ganado en ese tiempo.
Según los estatutos del convenio, en los casos de reclamaciones inferiores al límite mínimo la cantidad debe ser entregada a la familia a los 15 días de la identificación del cadáver de su ser querido.
Los expertos aseguran que las probabilidades de demostrar que no hubo falla alguna relacionada con el accidente, son prácticamente nulas, lo que significa que las reclamaciones pueden ser ilimitadas.
La demanda
La Convención señala en su artículo 33 que “una acción de indemnización de daños deberá iniciarse, a elección del demandante, en el territorio de uno de los Estados Partes, sea ante el tribunal del domicilio del transportista, o de su oficina principal, o del lugar en que tiene una oficina por cuyo conducto se ha celebrado el contrato, o ante un tribunal del lugar de destino”.
Es posible que el régimen cubano busque representar a todas las familias en una demanda colectiva para repartir la indemnización a su conveniencia, tomando como siempre su tajada económica, procurada en cualquier escenario, por catastrófico que sea.
Redacción Cubanos Por El Mundo