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Los impuestos tras las nuevas normas para cuentapropistas

Se definen nuevas cuotas mensuales y gastos deducibles; así como eliminan la exención del pago del Impuesto por la utilización de fuerza de trabajo

Cubanos no conocen cifras económicas del país en el que se esfuerzan por vivir. Foto referencial
Cuentapropistas. Foto referencial

Con las nuevas regulaciones que “amplían y controlan” el trabajo de los cuentapropistas, llegaron los nuevos impuestos. Ya están en la Gaceta Oficial Extraordinaria Número 35. Los impuestos se disfrazan con el título: “adecuaciones tributarias” para un mayor “crecimiento de los ingresos recaudados a favor del Presupuesto del Estado“; según reseña la prensa oficial.

Las nuevas disposiciones están amparadas en la “implementación gradual de la Ley No. 113, Del Sistema Tributario” al que contribuyen los trabajadores por cuenta propia el 5 por ciento del total y las empresas estatales el 86 por ciento; según los datos oficiales.

Vladimir Regueiro Ale, director general de Política Fiscal del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), justificó que los gravámenes a la actividad privada responden a la necesidad de poner orden en el sector.

Detalles

Se refiere a “la tendencia a la subdeclaración de ingresos y el incumplimiento de los pagos de las cuotas mensuales. Así como la no declaración de todo el personal contratado, unido a la acumulación de deudas tributarias en un segmento del cuentapropismo”.

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En dos platos: los nuevos lineamientos tributarios definen nuevas cuotas mensuales y gastos deducibles; así como eliminan la exención del pago del Impuesto por la utilización de fuerza de trabajo.

Por otro lado, promueven la cuenta bancaria fiscal. Al tiempo que modifican el pago de los impuestos a los agentes de telecomunicaciones y establecer un régimen de tributación al experimento del servicio público de transportación de pasajeros en la capital; entre otras.

Modalidades

De las 123 actividades que quedaron aprobadas luego de la nucleación, 52 aportarán por el Régimen General y 71 lo harán por el Simplificado. Este último consiste en el pago mensual de una cuota consolidada.

Según Regueiro Ale, también se decidió diferenciar para La Habana las cuotas mínimas de un grupo de actividades que fueron integradas. En ese sentido, se incrementó la cuota mínima a 41 de ellas en la capital y a 20 en el resto del país.

“Dichos incrementos van de cinco a 360 pesos, aunque el rango más alto se aplica apenas al 2 por cuento de los cuentapropistas”, justificó.

De igual modo, fueron disminuidas las cuotas mínimas a 39 actividades y solo a 22 en La Habana. Se mantienen las cuotas mensuales a los contribuyentes inscritos en las actividades agrupadas; siempre que estas sean superiores a la mínima propuesta para la licencia en cuestión.

Regueiro Ale dijo que se mantendrán las cuotas mínimas de los actuales trabajadores contratados; independientemente de los incrementos que reciban en sus cuotas los titulares. Aclaró que los nuevos contratados sí deberán acogerse a las adecuaciones que se introduzcan.

Redacción Cubanos por el Mundo

 

Written by Karelis García

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