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La Habana amenazada por altos “niveles de infestación” de dengue

Dichas leyes establecen que pueden ser encarceladas o multadas las personas que entorpezcan los trabajos de fumigación o se nieguen a recibir tratamiento médico.

Dengue y neumonía en Guantánamo en peligro de ser una epidemia. Foto de archivo.
Dengue y neumonía en Guantánamo en peligro de ser una epidemia. Foto de archivo.

La Habana se encuentra bajo amenaza por altos “niveles de infestación” de dengue, lo que llevó al régimen cubano a amenazar con multas, cárcel y cierre de locales, a quienes no se apeguen a la campaña contra el mosquito Aedes Aegypti.

Según detalla un comunicado emitido por el régimen en el periódico oficialista Tribuna de La Habana, se recuperan las leyes de 2001, resoluciones del Ministerio de Salud Pública (MINSAP) de 1987 y artículos del Código Penal para “evitar la propagación de enfermedades”.

Dichas leyes establecen que pueden ser encarceladas o multadas las personas que entorpezcan los trabajos de fumigación o se nieguen a recibir tratamiento médico.

Incluso los médicos en los consultorios podría enfrentar cárcel o multas si no realizan un correcto “control a los viajeros”, es decir aquellas personas que llegan a Cuba procedentes de otros países controlados como de riesgo sanitario.

La aplicación de estas leyes por la justicia en La Habana llega en un momento en que se reporta el aumento de infecciones de dengue en toda la Isla, la existencia de basura incluso frente a escuelas y mientras el país enfrenta una crisis energética, que insisten en llamar “situación coyuntural” para negar la vuelta al Período Especial.

¿Cárcel para combatir el dengue?

Estas leyes estipulan que una persona puede llegar a purgar hasta 20 años de cárcel por “venta de productos” destinados a combatir el dengue.

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Las multas podrán ir desde los 50 hasta los 1.000 pesos moneda nacional para quienes “mantenga salideros de agua en su vivienda, instalaciones o en locales bajo su responsabilidad, con la obligación de repararlos”, “vierta o mantenga escombros, materiales, objetos en desuso de cualquier tipo en la vía, solares yermos u otros espacios públicos, o asimismo frente a edificaciones, pasillos, azoteas y otras áreas tributarias de las mismas, con la obligación de retirarlo”, entre otros supuestos previstos en el Decreto 272/2001.

Redacción Cubanos por el Mundo

Written by María Fernanda Muñóz

Periodista venezolana. ¿La mejor arma? Humanidad. Pasión se escribe con P de periodismo

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