La semana pasada a diez personas fueron sancionadas a más de un año de cárcel por el crimen de denominado como “Propagación de epidemias” y a tres por “Desobediencia”.
La orden fue emitida por el Tribunal Municipal Popular de “Calixto García”, luego de que los ciudadanos fueran detenidos por transitar en la calle sin hacer el uso correspondiente del nasobuco, además de desobedecer la orden de mantener aislamiento social, tal como está impuesto por el gobierno de Cuba.
En este orden, también fue captada otra personas que estaba desobedeciendo las ordenes de aislamiento social y sin nasobucos, transitando por las calles del referido territorio, al cual se le fue imputada una sanción de ocho meses de prisión, pena subsidiada por igual término de Trabajo Correccional Sin Internamiento y multa de 200 cuotas de 10 pesos cada una.
Asimismo, otros dos calixteños, sufrieron sanciones similares por los mismos delitos, añadiendo que estaban ingiriendo bebidas alcohólicas, esto se conoció tras la denuncia del Jefe de Sector. Al ser juzgados se le impuso a uno una medida de privación de libertad por ocho meses y al otro de diez, ambos bajo el término de subsidio de Trabajo Correccional Sin Internamiento, con la misma multa que el anterior juzgado.
En el municipio Rafael Freyre, el Tribunal Municipal Popular,, tomó una medida un poco más drástica, al sancionar a un año de prisión bajo el mismo subsidio pero con cuotas de 5 pesos cada una, a un ciudadano que tuvo una “conducta irresponsable” al violar las medidas de aislamiento domiciliario por 14 días, el cual le fue ordenado por las autoridades de Salud Pública, cuando retornó de un viaje desde otra provincia, la cual está en alerta por casos confirmados de coronavirus. Esta persona se “paseó” por varios lugares del municipio sin autorización.
En mayor detalle, se conoció que otra persona regresó de un viaje por otra provincia con el mismo esquema epidemiológico, también violó el aislamiento de 14 días al transitar por sitios de concurrencia ciudadada en el municipio, esta irresponsabilidad le costará ocho meses privado de libertad, bajo una pena subsidiada por igual término de Trabajo Correccional Sin Internamiento y multa de 300 cuotas de dos pesos cada una.
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Otro municipio en el que actuó la ley, en contra de la propagación del COVID-19, fue en Gibara, donde se abrió un evento epidémico local. Allí fue localizado una persona que circulaba por las calles a altas horas de la noche, sin hacer uso del nasobuco. La Policía Nacional Revolucionaria lo detuvo y este desobedeció y ofendió a los oficiales; por lo que el Tribunal Municipal le impuso pena de ocho meses de Privación de Libertad, subsidiada por igual término de Trabajo Correccional Sin Internamiento y multa de 300 cuotas de tres pesos cada una.
En la misma zona, otra personas fue sancionada por la misma situación además, de ingerir bebidas alcohólicas, lo cual está prohibido. Añadido a esto desobedeció la sugerencia de que regresara a su domicilio de forma grosera.
Por otro lado, en Moa, tambilen fue sancionada una persona a un año de cárcel por no portar el nasokbuco y circular de noche en la vía pública, además tenía antecedentes penales y dijo que no se colocaría el nasobuco en respueista de la orden del oficial de la policía.
En el municipio Antilla, se ejecutó una orden judicial similar a un acusado multirreincidente en la comisión de hechos delictivos e, incluso, pendiente a cumplir una sanción de trabajo correccional sin internamiento, por otro hecho, a un hombre que estaba fuera de su vivienda, fumando y conversando con otros ciudadanos sin usar las mascarillas. Inicialmente, la PNR, de modo preventivo, pretendió imponer una multa, pero este se negó a pagar y fue detenido.
En Banes, una ciudadana que se encontraba frente al Hotel Albatros, conversando sin nasobuco con otra persona, a menos de un metro de distancia; esta persona se negó a acatar la orden y comenzó a protestar, lo que conllevó a que se le aplicara una multa administrativa, que se negó a pagar. A la mujer se le adjudicó una medida de 8 meses de cárcel, subsidiada por igual término de Trabajo Correccional Sin Internamiento y multa de 200 cuotas de 10 pesos cada una.
Según informó Kenia Aguirre Ulloa, fiscal jefa provincial, en todos los casos, al no ser aún firme la sentencia, de estar inconformes los acusados, podrán establecer Recurso de Apelación ante la Sala correspondiente del Tribunal Provincial.
Las autoridades de Holguín afirman, que están haciendo lo posible para cortar la propagación de coronavirus, por lo que hacen despliegues diarios para captar a ciudadanos como los antes expuestos que han violado las medidas de prevención y aislamiento social.
En este orden, han resaltado que todas las tipicidades delictivas asociadas a la situación sanitaria actual serán tramitadas con celeridad por los tribunales municipales, para que se dicten medidas y sanciones justas en quienes tengan delitos de propagación de epidemia.