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Cuba aprueba nuevas normas jurídicas para marinos en navíos extranjeros

Para los marinos que prestan servicios en buques de armadores o compañías navieras extranjeras, la Gaceta Oficial Ordinaria No. 48 publicó nuevas normas que ofrecen respuestas a la gente del mar sobre su actual régimen salarial y también la contribución a la seguridad social.

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Cuba aprueba nuevas normas jurídicas para marinos en navíos extranjeros. Foto: Prensa Latina

En Gaceta Oficial de este miércoles, Cuba aprobó una serie de normas jurídicas para los marinos en navíos extranjeros con el propósito de implementar a partir de ahora un tratamiento “diferenciado” a los mismos.

Para los marinos que prestan servicios en buques de armadores o compañías navieras extranjeras, la Gaceta Oficial Ordinaria No. 48 publicó nuevas normas que ofrecen respuestas a la gente del mar sobre su actual régimen salarial y también la contribución a la seguridad social.

Al respecto el Ministerio del Transporte de Cuba ha dicho que dichas normas se sustentan en el principio de considerar a los 4.929 marinos controlados por la empleadora Selecmar como trabajadores asalariados en el exterior, y de esta manera garantizarles que reciban el 100% del salario pactado en el contrato establecido.

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Así mismo, se ha informado que entre las nuevas normas, también destaca un régimen especial para la seguridad social, que aumentaría los beneficios de los marinos, además de la regularización en el pago por impuestos sobre los ingresos personales, de manera que este ahora corresponda a las características y particularidades de la actividad que realiza cada uno.

En este sentido, se explicó que este nuevo “régimen especial de seguridad social”, al cual la afiliación es obligatoria, protege al marino en circunstancias de invalidez total, temporal o permanente, así como en la vejez, la maternidad y en el caso de la muerte protege a su familia.

Por otra parte, y con respecto al pago de los impuestos, la directora de Política de Ingresos del Ministerio de Finanzas y Precios, Yahily García Poma, explicó que la Resolución No. 450/2019 “regula el pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales, con la conversión a pesos cubanos de los ingresos obtenidos por el respectivo contrato y de conformidad con la tasa de cambio vigente”, resaltado que al total de los ingresos se aplica el tipo impositivo que corresponda, según una escala progresiva de un quince a un treinta por ciento.

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Redacción Cubanos por el Mundo

Written by Eleana Sánchez

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