El régimen cubano anunció hoy que los conductores deberán registrarse en el seguro de Responsabilidad Civil de Cuba. De acuerdo con el Decreto Ley 11/20, publicado este viernes en la Gaceta Oficial Ordinaria No.70, se exige la obligatoriedad para los conductores profesionales, tanto estatales como no estatales.
La norma jurídica establece un plazo de hasta seis meses, a partir de la publicación en Gaceta de la resolución, para obtener esta póliza.
Según el Decreto ley 11/20 el objetivo es “hacer frente a los daños personales, materiales y consecuenciales, que involuntariamente, el asegurado haya podido causar”.
Cómo funciona el seguro de Responsabilidad Civil
Expertos en materia jurídica aclaran que el seguro de responsabilidad civil es la obligación legal que tiene una persona de indemnizar los daños y perjuicios que causen a otras personas o su patrimonio.
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De esta manera, la empresa aseguradora asume las consecuencias económicas de acuerdo al límite cubierto por la póliza.
“Este seguro ofrecido por la Empresa de Seguros Nacionales (ESEN) protege a los choferes profesionales ante los eventuales daños que puedan causar a terceros en ocasión de conducir un vehículos automotor por la vía pública, así como las lesiones o muerte a terceras personas”
dijo Fermín Mesa García, director general de la ESEN.
Se exceptúan de esta norma los choferes de las FAR y el MININT. “En el caso de los choferes estatales debe sufragar esta póliza a partir de sus ingresos personales”, acotó.
Mesa García explicó que para hacer uso del seguro de Responsabilidad Civil, esta póliza debe avalarse por una autoridad “legalmente facultada”.
Cobertura del plan
Este seguro de Responsabilidad Civil deberá cubrir los daños a la propiedad ajena. Así como los casos de lesiones o muertes a tercera personas, hasta el límite especificado en el contrato.
Según ESEN, el pago de la prima por parte de los asegurados será en pesos cubanos de manera anual, pudiéndose hacer en dos plazos. La vigencia del seguro es de un año, prorrogable por igual periodo de tiempo.
En su edición ordinaria No. 70 la Gaceta Oficial de la República de #Cuba publica este viernes el Decreto-Ley 11/20, sobre la obligatoriedad de los conductores profesionales -estatales y no estatales- de contar con un seguro de Responsabilidad Civil.
— Yaumara Vicet (@aramuay) October 9, 2020
El periódico comunista Granma.cu compartió bajo cuáles causales no se aplica el seguro de responsabilidad civil:
- Actos intencionales del asegurado
- Sustracciones
- Daños a la propiedad del asegurado o de sus familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
- Accidentes ocurridos en lugares de acceso prohibido
- Guerra civil o internacional, motín, terrorismo, terremoto o inundaciones
- Contaminación del suelo o las aguas.
- Actos en los que el asegurado se reconozca como responsable, sin la anuencia de la aseguradora.
- La utilización del vehículo como medio para la perpetración de un delito.
- Encontrarse incapacitado para conducir en el momento del accidente por haber ingerido bebidas alcohólicas o sustancias psicotrópicas.
Redacción Cubanos por el Mundo