El régimen castrista ha decodificado una nueva manera de obtener divisas de los cubanos en el extranjero, ya que a partir del 1ro de enero del 2021, los cubanos con residencia en Cuba que salgan al exterior por contrato de trabajo, deberán pagar un impuesto mensual del cuatro por ciento (4%), de acuerdo al salario que tengan en otros países.
Esta nueva medida entrará en vigor con la unificación monetaria, obedeciendo al Decreto Ley No. 21, modificativo de la Ley 113 del Sistema Tributario del 23 de julio de 2012, establecido en el artículo 28.
“Las personas naturales cubanas y extranjeras con residencia permanente en el territorio nacional, por los ingresos que perciban de contratos individuales de trabajo en el exterior, pagarán sobre el total de los mismos un cuatro por ciento (4%), sin considerar deducción alguna salvo los pagos de las comisiones que haya realizado a entidades cubanas a través de las cuales se contrató”,
reza el artículo 28.
El régimen no especificó el modo para pagar el impuesto del salario, sin embargo, el artículo especifica que “el pago se realizará aplicando el tipo de cambio establecido con respecto al dólar estadounidense y el valor mínimo a liquidar es de quinientos pesos cubanos (500.00 CUP) mensuales”.
La tarifa mínima establecida para la deducción a pagar, se aplica para aquellas personas que omiten cuánto ganan fuera del país.
Esta medida que busca exprimirle el dinero a los cubanos que trabajan y viven en el exterior para obtener divisas, ya que el pago se deberá hacer con cambio respecto al dólar.
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Independientemente que la persona tenga un contrato individual en el extranjero o hagan trabajos por gestión propia, este impuesto del 4% sobre el salario se deberá cancelar al momento que se ingrese de nuevo al país.
Quedan eximidos de esta obligación, aquellas personas que estén bajo el amparo de un convenio de colaboración, contrato de exportación de servicio u otra labor que sea similar.
Es importante resaltar que aunque, el propósito de esta imposición sea de obtener divisas, los efectos del pago de la tarifa calculada al 4$ de los ingresos devengados indistintamente en la moneda del país que sea y que serán calculados respecto a la tasa del dólar, los mismos se cancelarán en pesos cubanos.
Cabe destacar que, el impuesto del salario en el extranjero está expresado en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, sin embargo, se espera que las autoridades ofrezcan declaraciones para aclarar todo sobre los mecanismos de pago y cuáles serían las sanciones en caso de que una persona decida no pagar.
Redacción de Cubanos por el Mundo