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Régimen insiste en condenar hasta con cinco años de prisión a quienes vendan dólares

Régimen publica anteproyecto del Código Penal que insiste en encarcelar a quienes vendan dólares en Cuba

Régimen insiste en condenar hasta con cinco años de prisión a quienes vendan dólares
Encarcelamiento para quienes vendan dólares en Cuba /Foto: Composición de Cubanos por el Mundo

El régimen castrista insiste en condenar hasta con cinco años de prisión a aquellos cubanos que vendan dólares u otras divisas, sin ser autorizados por el Estado. Estas sanciones también podrán ser aplicadas para quienes sacrifiquen ganado.

De acuerdo al Artículo 316.1 del anteproyecto del Código Penal, se sancionará con privación de libertad de dos a cinco años o se enfrentarán a una multa de quinientas a mil cuotas o ambas, a los cubanos que comercialicen, “transmitan o adquiera moneda, cheque, giro, cheque de viajero o cualquier otro efecto de crédito análogo denominado en moneda extranjera, infringiendo las disposiciones legales”. 

Foto: Pixabay

La sanción no solo se limita a quienes vendan dólares, sino también para que quien “exporte o importe moneda o valores públicos nacionales, con infracción de las disposiciones legales” o “haga operaciones de cambio en mercados negros de monedas nacionales o extranjeras o por canales distintos a los legalmente establecidos”, reza el Artículo.

En el anteproyecto del Código Penal se expone que las personas que incurran en el delito de tráfico ilegal de moneda nacional, divisas, metales y piedras preciosas, enfrentarán las mismas sanciones.

El pasado 20 de enero, el Tribunal Supremo Popular de Cuba hizo público el anteproyecto del Código Penal y la Ley de ejecución penal.

El Artículo 282 del Código Penal vigente, indica que las sanciones por los delitos antes expuestos se disminuye de uno a ocho años de privación de libertad a de dos a cinco años.

Por su parte, sobre el sacrificio de ganado mayor, venta y transportación de la carne, el anteproyecto del Código Penal establece en su Artículo 318.1 que, serán sancionados con privación de libertad de tres a ocho años.  

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Pero además, serán sancionados quienes adquieran la carne de ganado mayor sacrificado de forma ilegal con hasta un año de cárcel, e incluso hasta tres años en caso de que el producto adquirido sea de producción del Estado.

“Se sanciona con privación de libertad de seis meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas, a quien, a sabiendas de su procedencia, adquiera carne de ganado mayor sacrificado ilegalmente. Si el hecho descrito en el apartado anterior consiste en adquirir carne de ganado mayor sacrificado ilegalmente para suministrarla a centros de elaboración, producción, comercio o venta de alimentos, se incurre en sanción de privación de libertad de uno a tres años o multa de trescientas a mil cuotas o ambas”,

indica el anteproyecto.

El texto que aun no ha sido aprobado por las autoridades cubanas, sube las condenas por el sacrificio ilegal de ganado mayor, de dos a cinco años a tres a ocho años, igual a quienes la vendan de seis meses a tres años a dos a cinco años; y a quienes la compren con un incremento de tres a nueve meses a seis meses a un año.

Redacción de Cubanos por el Mundo

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