El Banco Central de Cuba limitó a cinco mil pesos, el efectivo que los antillanos pueden entrar y sacar de la isla.
Este límite representa 200 dólares al cambio oficial y se establecieron sanciones para las personas que violen lo establecido en la Resolución 79/2022
Esta normativa fue publicada en la Gaceta oficial de la República de Cuba, en su edición extraordinaria número 28, de 12 de abril de 2022.
📢Disponibles resoluciones 79 y 80/2022 del #BancoCentralDeCuba en la Gaceta Oficial No. 28 Extraordinaria de 12 de abril de 2022.#BancoCentral25AñosContigo#BancariosCubanos@marta_wilson @mayobrebcc @AlinoKaterine @RosaCantillo8 https://t.co/yaRwx6pqCq
— Banco Central de Cuba (@BancoCentralCub) April 13, 2022
En medio de una inflación galopante que determina el uso de mayores sumas para la compra de productos y servicios, el Banco Central de Cuba también reguló el límite de otros instrumentos de pago o títulos de créditos que pueden importar y exportar a la entrada y salida del territorio nacional.
El Banco Central de Venezuela definió igualmente, que la importación y exportación de piezas desmonetizadas y especímenes de pesos cubanos con carácter numismático o patrimonial.
La resolución prohíbe “la entrada y salida de pesos cubanos en efectivo como envío por la vía postal, aérea y marítima, en cualquier denominación u otros instrumentos de pago o títulos de créditos utilizados en la práctica bancaria internacional”.
El banco también se encargará de “ejecutar las facultades encomendadas con el objetivo de controlar las entradas y salidas de dinero a través de las fronteras, además de prevenir y evitar el uso del Sistema Bancario y Financiero para actividades ilícitas, incluidas el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo y a la proliferación de armas de destrucción masiva”.
Finalmente, el documento del Banco Central de Venezuela establece que “a las personas naturales que incumplan lo dispuesto, se les aplicará la sanción de decomiso, de conformidad con lo previsto en la legislación aduanera, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar”.
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Redacción Cubanos por el Mundo