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Régimen cubano vuelve a prolongar la exención de aranceles en alimentos y medicinas

Según las normativas, los ciudadanos cubanos podrán ingresar al país, como equipaje acompañado, alimentos, medicamentos, insumos médicos, plantas eléctricas con una potencia superior a los 900 vatios y envases originales para medicamentos, sin límite en el valor de importación.

Régimen cubano vuelve a prolongar la exención de aranceles en alimentos y medicinas
Régimen prorroga exención de aranceles a medicamentos, comida y aseo. Foto: Redes Sociales

El régimen cubano anunció la prórroga, por novena ocasión, de la exención de aranceles aduaneros para la importación de alimentos, medicamentos, productos de aseo, insumos médicos y plantas eléctricas.

La medida, que se extenderá hasta el 30 de abril de 2025, fue oficializada mediante las resoluciones 27 y 28 del 28 de enero de 2025, emitidas por el Ministerio de Finanzas y Precios y publicadas en la Gaceta Oficial Extraordinaria.

Según las normativas, los ciudadanos cubanos podrán ingresar al país, como equipaje acompañado, alimentos, medicamentos, insumos médicos, plantas eléctricas con una potencia superior a los 900 vatios y envases originales para medicamentos, sin límite en el valor de importación.

Además, se mantiene la exención de impuestos para la importación no comercial de estos productos.

El régimen justificó la decisión al señalar que persisten las circunstancias que motivaron la implementación inicial de esta medida, la cual busca facilitar el acceso a productos de primera necesidad que el Estado no puede garantizar de manera suficiente.

Sin embargo, las autoridades advirtieron que se han detectado “conductas que desvirtúan el sentido de la medida”, por lo que se reforzarán los controles aduaneros en las fronteras para evitar abusos.

La normativa también establece que los artículos clasificados como alimentos, aseo, medicamentos e insumos médicos deben presentarse en bultos separados del resto de los productos.

Asimismo, se mantiene el límite de importación no comercial en 500 dólares (USD) o un peso equivalente de 50 kilogramos (kg), según la relación valor/peso determinada por la Aduana General de la República.

Adicionalmente, se incrementó el límite de valor en aduana para las importaciones no comerciales realizadas por personas naturales mediante envíos, pasando de 200 USD a 500 USD. La normativa también mantiene la exención del pago del impuesto aduanero por los primeros 30 USD del valor o su equivalente en peso (3 kg) del envío, aplicándose una tarifa arancelaria del 30% al excedente.

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Redacción Cubanos por el Mundo

Written by Jeniree

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