Según la sección segunda del Decreto No. 320, que trata sobre la importación temporal de vehículos de motor a Cuba; todo turista que lleve su vehículo automotor a bordo de una embarcación de recreo por las Marinas Turísticas puede importarlo de manera temporal por no más de 6 meses libre de impuesto. Pasado ese tiempo, el turista está obligado a reexportar el vehículo, o la Aduana General de la República procede al decomiso del bien, a favor del Estado cubano ante el incumplimiento de esta condición.
Lo que significa que una vez que se restablezca el servicio de Ferry desde los Cayos del Sur de la Florida, Usted podrá llevar su vehículo a bordo y lo podrá entrar a Cuba legalmente de manera temporal.
Aquí le dejamos la ley:
No se autoriza la importación definitiva de vehículos de motor a personas naturales. Los turistas podrán importar temporalmente un vehículo de motor cumpliendo las disposiciones vigentes.
El día 3 de enero de 2014 entró en vigor el Decreto No. 320, DE LA TRASMISIÓN DE LA PROPIEDAD DE VEHÍCULOS DE MOTOR, SU COMERCIALIZACIÓN E IMPORTACIÓN” el cual en su Capítulo V, DE LA IMPORTACIÓN DE VEHÍCULOS DE MOTOR, establece:
SECCIÓN PRIMERA – De la importación
ARTÍCULO 16.1.- Se autoriza la importación de vehículos de motor, carrocerías y motores solo a las personas jurídicas cubanas, previamente aprobadas por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, de acuerdo con los requisitos técnicos establecidos por el Ministerio del Transporte y la legislación vigente.
2.- Asimismo, pueden importar vehículos de motor las representaciones de las misiones diplomáticas, oficinas consulares y los organismos internacionales que estén acreditados en Cuba, así como su personal, de conformidad con los requisitos técnicos establecidos por el Ministerio del Transporte y las disposiciones legales vigentes.
3.- Se autoriza la importación de ciclomotores eléctricos a las personas naturales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
ARTÍCULO 17.- Las personas naturales o jurídicas a que se refieren los apartados 1 y 2 del artículo anterior presentan ante la Aduana los documentos siguientes:
a) Documento que acredite la propiedad del vehículo de motor, donde conste la marca, modelo y su fecha de fabricación, y
b) la autorización de importación expedida por el Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera o por el Ministerio de Relaciones Exteriores, según proceda.
ARTÍCULO 18.- Los vehículos de motor importados por las misiones diplomáticas, oficinas consulares y los organismos internacionales que 31 de diciembre de 2013 estén acreditados en Cuba, así como por su personal, solo podrán ser donados o vendidos entre sí y al Estado cubano o reexportados, conforme a las disposiciones vigentes.
SECCIÓN SEGUNDA – De la importación temporal
ARTÍCULO 19.1.- Se autoriza la importación temporal de vehículos de motor a los turistas extranjeros en los términos y condiciones que establece la legislación vigente.
2.- Los vehículos de motor sujetos al régimen de importación temporal serán reexportados en el término concedido. La Aduana General de la República procede al decomiso del bien, a favor del Estado cubano ante el incumplimiento de esta condición.
Importación Temporal de vehículos por Turistas
Las personas que arriben a Cuba como turistas, podrán importar temporalmente, libre del pago de derechos de aduana, un vehículo automotor ligero, en los términos y condiciones siguientes:
La Aduana de Despacho autoriza el régimen por un término de hasta treinta (30) días, teniendo en cuenta el tiempo de visado.
La autorización se concederá de inmediato, a partir de que el turista presente: la visa, el pasaporte y los documentos del vehículo con el Conocimiento de Embarque o la Guía Aérea, según el caso
El turista está obligado a reexportar el vehículo dentro del término que se le haya concedido y siempre antes o en el momento en que abandone el país.
En el caso de los turistas que arriban a bordo de embarcaciones de recreo por las Marinas Turísticas:
La Aduana autoriza la importación temporal del vehículo por un término que no puede exceder de seis (6) meses. El vehículo debe venir a bordo de la embarcación.
El Turista está obligado a reexportar el vehículo al vencimiento del término concedido (6 meses). Si vencido el término la embarcación continúa en la Marina, el vehículo debe permanecer a bordo y se considera reexportado.
Si el turista sale hacia el extranjero a bordo de la embarcación, el vehículo debe ser reexportado en todos los casos
Y como cubanos q somos ya estaran los especuladores que rentaran carros carisimos para especularlos en cuba, aunque tengan q llevar harapos , pasae hambre o hipotecar su casa
Esto aplica para la comunidad cubana en los EU?,o solo para extranjeros
No se llenen la cabeza nosotros para Cuba seguimos siendo cubano,aun cuando vivamos en el extranjero,a lo que es lo mismo no tenemos derecho en nuestro país que pena
Nunca pada cosa igual por que el eestado.cubano dejará de ganar mucho dinero con sus carros de renta que bien caros seran. En caso de que sea así el impuesto por la aduanaa cubana serán unos precios más que elevados para equilibrar la pérdida de la rentas de los carro. Y en casi de que esto ocurra se producirán muchos negocios ilícitos ya que el.cel.cubano va a comenzar a inventar con autos motos. Motores de auto. Robados en la.florida. no creo que esto suceda al menos en esta decada. Es mi opinión
Traten d interpretar bien las leyes señores y luego opinen
si yo estoy de acuerdo en poder yevar nuestro auto ,dios permita que sigan asiendo cambios y que revajen pasajes y quiten el pasaporte cubano alos siudadano de usa
Detrás de todas eso existe una nube no muy clara, puedes viajar con tu carro y poniendo que te dejen entrar y quieres regresar lo el próximo mes y el barco no salió por razone ajenas a uno ellos te decomisa el carro por pasado de tiempo en la aduana a espera de que salga el barco, cuba es una trampa y peor será para nosotros los cubanos residente en estados unidos.
Parece q el autor de esta nota no lee muy bien. Dice claramente “a los turistas extranjeros “; lo cual no incluye a los cubanos.
cuba dejara a los turistas extranjeros entrar carros si pero lo que son cubanos nacidos en cuba ellos no lo consideran turistas ,aunque lleve 20 años fuera de cuba para el estado tiene que ir con pasaporte cubano y no le importa si eres nacionalizado español o japones ,es mas dentro de cuba los cubanos no pueden alquilar ninguna navegacion con motores aunque tengas 50 años fuera de cuba solo los alquilan a yumas originales ,no nacidos en cuba
Jjjjj. Que ilusos! ! No aprendemos, nos encienden la vida alla, desde q entramos por el aeropuerto hasta a nos vamos. El gobierno nunca pierde…y q van a hacer con rentacar??? Por favor!!
Donde puedo acer mi reservaciones
Bueno y yo que soy cubana con residencia en el extranjero puedo llevar mi carro por ejemplo
con todo y eso siempre existe el Lobo que se afila los dientes,
Unas de las leyes que solo nos afecta a nosotros los cubanos reciente en el extranjero que no podemos entrar coches a cuba no entiendo por qué no nos dejan esa es la ley que nesecitamos el autorizó de que los cubanos recientes temporalmente en el extranjero podamos entrar coche a cuba nosotros exigimos esto ya por favor queremos una respuesta
Muy buena excelente su noticias felicitaciones
Pero el que nacio en cuba ellos no lo consideran turistas ojala que se pueda llevar los autos antiguamente se podia pero leyes absurda lo prohiben
PARA MI ES UNA RIDICULES Q NO DEJEN ENTRAR LOS CARROS A CUBA A CUALQUIERA QUE VALLA O VIVA EN LA ISLA
Que gano yo como cubano, especulando con un carro actual comprado en America en las calles de Cuba,que posiblemente se deba,cual es el mensaje positivo,cual es el ejemplo a dar de demostrar que quien se fue no es lo que ellos decían que éramos,donde esta la ventaja monetaria que es por lo unico que en este pais se viaja por carretera en distancias no muy largas,excepto por el gusto a manejar o experimentar algo diferente.Si usted Cubano,va a cuba, viaje como cubano comportese como cubano no como un estúpido turista.Una pregunta,que no veo la respuesta,en el ferry solo van los carros??Porque si al final tienes que pagar pasaje de avion mas el cobro del ferry y aduana q no se quedara sin probar la manzana ,vuelvo a preguntar .Donde esta la ventaja?..
De todas maneras sin haber ferris van y rentan Audis Xavier Contreras y mas eso lo hacen los q no pueden pagar un buen carro alla yo aqui lo pago y alla me monyo en una arana,jajaja
Quizas para eso de llevar vehiculos no somos turistas,pero para pagar alla si lo somos,todo lo pagamos en cuc,entonces que somos?
Hay que tener en cuenta la letra de este artículo. ARTÍCULO 19.1.- Se autoriza la importación temporal de vehículos de motor a los turistas extranjeros en los términos y condiciones que establece la legislación vigente.
Hace una definición que pareciera redundante pero no lo es. Habla de turistas extranjeros es decir aquellos que no son cubanos. Más claro ni el agua.
Pero mi pregunta cual es el costo por ejemplo yo tengo un lincoln towcar 2004 cuanto me costaria llevarlo conmigo a cuba de visita
Pero además,supongan q a nosotros los cubanos nacidos en Cuba nos dejen llevar nuestros carros,quien carajos quiere llevar un carro a Cuba con la cantidad d baches q parecen lagunas q hay en Cuba para q el carro de t despepingue toooo jajaja,yo ni Loka,no se ustedes si querrán!!!
Por qué te metes con mi familia? Extrañas la tuya? Porque las dejaste pasando hambre en Cuba, cuando t fuiste a con un extranjero q te hizo el favor de recogerte de las calles donde jineteabas???? No te metas con mi familia, estámos todos gordos, rosagantes, felices, Unidos. Y si por hablar boberias pagarán, como dices tu, tuvieses ahorrado el dinero q vas a necesitar para pagar tu carro rentado, ahhhhhh y tomaste tu tiempo para revisar mi fb, viste q linda familia tengo? ? Y que cara de felicidad tenemos? Ahorra PA Que TE COMPRES UNA IGUAL. JJJJJJJ.NO TE DE DIO MAS TIEMPO , estoy trabajando para irme de vacaciones por Europa, va y te hago hasta la visita.
Todo es una broma.