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Una “cortina de humo” el matrimonio igualitario en Cuba

Dic 20, 2018

Esta es la apreciación de varios especialistas en temas jurídicos, quienes aseguran que abordar el asunto del matrimonio igualitario ha sido solo un “entretenimiento” para distraer sobre “asuntos más importantes”, reseña Diario de Cuba .

La posición llega luego de que este martes, la Asamblea Nacional del Poder Popular sacara del Proyecto de Constitución la definición de matrimonio, dejándola para el futuro Código de Familia. De acuerdo a Mariela Castro, la propuesta #sostiene la esencia del artículo anteriormente propuesto (68) “pues borra el binarismo de género y heteronormatividad con el que estaba definido el matrimonio en la Constitución de 1976”.

De esta forma se sustituiría “personas” por “cónyuges”, lo que de acuerdo a la presidenta del CENESEX, dejaría abierta la posibilidad de que todos puedan acceder a la institución matrimonial.

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Sin embargo, según Laritza Diversent, el artículo 68 del Proyecto de Constitución “fue una cortina de humo”.

“Fue un entretenimiento para alejar el foco de otros temas fundamentales como la elección indefinida del presidente, la falta de alternancia política en la constitución, por solo poner un ejemplo”, advierte.

“Las iglesias evangélicas pudieron salir a manifestarse públicamente en las calles. Hay personas que han intentado hacer una sentada frente al Ministerio de Cultura y en sus casas se han plantado patrullas para impedirlo”, recuerda.

“Hay una distinción, una discriminación. Ninguna de esas iglesias hace absolutamente nada si no hay un permiso por parte del Partido Comunista de Cuba (PCC), desde la Oficina de Asuntos Religiosos, que es la que ejerce el control”, argumenta.

A su juicio, el matrimonio no forma parte de un “contenido constitucional”, pues perfectamente podría fijarse la norma a través de una ley.

“Que tengan todos los mismos derechos sí debe estar plasmado en la Constitución”, aclara. Y añade: “Si (el matrimonio) va a ser una distinción en la propia Constitución y se va a reconocer como hasta ahora, entonces deberían mantener el propuesto artículo 68”.

Durante 11 años, el Código de Familia en Cuba ha estado bajo proceso de reforma y agrega la especialista, que el término de cónyuge, según ha construido la referida ley, “se refiere a hombre y mujer”.

“Yo no estoy de acuerdo con que se lleve a plebiscito el reconocimiento de un derecho. Hay unos contenidos de la Constitución que no se van a llevar a plebiscito”, declara.

“Por otro lado, la Asamblea Nacional ha sido un órgano del Estado bastante ineficaz”, considera.

Asuntos de “política”

En su opinión, la decisión responde más a un tema político que jurídico. “Lo que preocupa de esta Constitución cubana, como muchas otras, es que deja los temas al desarrollo de la legislación posterior”, añade.

El problema es que, según la legislación actual, la definición engloba precisamente “un hombre y una mujer”.

“Habría que esperar la promulgación de esa Ley. Sin embargo, hay unos precedentes que determinan que eso no va a ser tan sencillo”, señala la especialista, en referencia a la fuerte campaña desplegada por las iglesias evangélicas a favor de lo que consideran “diseño original” de familia.

“A veces los grupos conservadores tienen mucha más fuerza porque tienen más presupuesto. Yo lo que veo aquí es que hay una incidencia importante de los grupos religiosos sobre la propuesta de reforma constitucional, y eso es claro, así Mariela Castro diga que no se ha retrocedido al incorporar el término ‘cónyuge'”, sostiene la experta.

“Ahora lo que corresponde es que tanto la sociedad civil y grupos de apoyo a los movimientos LGBTI y en general de derechos estén atentos a la promulgación posterior de una legislación que especifique qué se entiende por cónyuges”, alerta.

A su juicio, “la propuesta de Constitución debió haber incluido el término de ‘personas’, tal y como estaba, porque es mucho más fácil que dejarle a una ley esa determinación”.

“Hay toda una connotación religiosa y conservadora detrás, por lo que se podría vaticinar que el resultado final va a ser la definición tradicional de familia, entre un hombre y una mujer”.

Sustituir “cónyuges” por “personas” en un texto de este tipo “sí es un retroceso, porque deja este concepto al derecho civil”, considera.

Por su parte, Julio Ferrer Tamayo, abogado, asegura que en ningún momento el Estado cubano tuvo interés de incluir el matrimonio dentro de la Constitución.

“El nuevo texto constitucional nace de los compromisos que tiene Cuba ante el examen periódico en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, donde se le han hecho señalamientos”, sostiene.

“En Cuba los homosexuales fueron perseguidos. El Gobierno, para tratar de ponerse a tono con las corrientes progresistas en el mundo, introdujo el tema para presentarse como Estado de derecho, inclusivo. Pero no hay tal inclusión. Aquí hay exclusión y discriminación en un sinnúmero de sentidos”, considera.

Ferrer Tamayo cuestiona que “no hubo un sondeo previo al pueblo” para presentar el texto de la futura Constitución por muchas “consultas populares” que se hayan realizado.

“No se hubieran metido en este problema. En realidad, la sociedad en general, con todo ese sistema de educación que el Gobierno celebra, no es abierta ni tolerante en ese sentido”, dice.

Considera la deriva del tema del matrimonio al Código de Familia como “un mal procedimiento”.

“Eso es también anticonstitucional. La reforma debió salir desde el soberano, que ciertamente es el pueblo, desde abajo, recoger todo eso y hacer un proyecto”, afirma. 

Redacción Cubanos por el Mundo

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