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Aduana de Cuba abre una vía en dólares para excedentes: cuánto costará desde el 12 de octubre

Las nuevas reglas permiten despachar determinados excedentes como importación comercial. Explicamos los impuestos, cargos, límites y condiciones de la Gaceta Oficial.

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En recientes denuncias realizadas en las redes sociales, los cubanos aseguraron que la Aduana de Cuba estaría aplicando "libre criterio" a la hora del decomiso de medicinas, productos de aseo y alimentos, los cuales pueden ser importados a la isla bajo la política de libre arancel que viene ejecutando la dictadura desde hace algunos años.
Foto: Cubadebate

La Aduana de Cuba abrirá el 12 de octubre de 2026 una vía para ingresar determinadas mercancías que excedan los límites personales o sean consideradas comerciales, a cambio de pagar impuestos y servicios en dólares. El cambio ofrece una alternativa al decomiso en esos supuestos, pero mantiene las restricciones, la clasificación aduanera y los cobros adicionales.

La fuente original es la Gaceta Oficial número 83 Ordinaria, publicada el 5 de octubre. Cubanos por el Mundo consultó el documento oficial completo, disponible en esta copia del PDF: contiene el Decreto-Ley 132/2026, la Resolución 197/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios y la Resolución 340/2026 de la Aduana. Las tres disposiciones entran en vigor siete días después de su publicación.

Para quien prepara una maleta o paga un envío, la pregunta será doble: qué parte de la carga conserva el tratamiento no comercial y cuánto costará despachar el resto. Estas tarifas no son un cobro nuevo aplicado indiscriminadamente a todo el equipaje.

Qué cambia en las reglas de la Aduana de Cuba

El Decreto-Ley 132 modifica el artículo 14 del régimen arancelario. Permite optar por formalizar una importación comercial en los casos previstos de carácter comercial o exceso de límites. La Resolución 340 establece el procedimiento: primero se despachan las mercancías admitidas bajo las reglas ordinarias y, con la conformidad del titular o su representante, se abre un despacho independiente para las restantes.

La cantidad no es el único criterio. También cuentan la naturaleza y las funciones del artículo, la diversidad de los productos y la reiteración de las importaciones. La norma conserva la posibilidad de restringir temporalmente el derecho a importar cuando la Aduana determine carácter comercial por operaciones reiteradas; durante la sanción solo admite los efectos personales.

Cuánto se pagará en dólares: viajeros frente a envíos

La Resolución 197 fija una escala progresiva para viajeros. Cada porcentaje grava únicamente el tramo de valor que le corresponde dentro del nuevo despacho comercial.

Valor aduanero sujeto al nuevo despachoImpuesto para viajeros
Hasta 2.000 USD15 %
Porción superior a 2.000 y hasta 4.000 USD20 %
Porción superior a 4.000 y hasta 6.000 USD25 %
Porción superior a 6.000 USD30 %

Los envíos acogidos a este régimen tributan al 30 %. La resolución habla de envíos; la escala progresiva está reservada a las personas naturales en su condición de viajeros.

Ejemplo calculado por Cubanos por el Mundo: si la Aduana valora en 3.000 USD las mercancías del nuevo despacho de un viajero, el impuesto sería de 500 USD: 300 por los primeros 2.000 y 200 por los siguientes 1.000. Para un envío comercial de igual valor, sería de 900 USD. Estos cálculos excluyen servicios, transporte y almacenamiento.

Los servicios se cobran aparte

El anexo de la Resolución 197 establece las siguientes tarifas máximas de servicio. Su aplicación se remite a las reglas generales de los servicios aduaneros; no deben confundirse con el impuesto porcentual.

Valor que figura en la escala del anexoTarifa máxima de servicio
Hasta 200 USD2 USD
Más de 200 y hasta 500 USD4 USD
Más de 500 y hasta 1.000 USD8 USD
Más de 1.000 y hasta 2.000 USD13 USD
Más de 2.000 y hasta 4.000 USD20 USD
Más de 4.000 y hasta 6.000 USD25 USD
Más de 6.000 USD50 USD

El pago se realizará con tarjetas internacionales o nacionales en dólares. El efectivo solo se admite en los aeropuertos y en las entidades habilitadas. Si el importe total contiene centavos, la norma ordena redondearlo al entero superior. El almacenamiento también puede generar gastos a cargo del destinatario cuando se necesite tiempo para completar el despacho.

Celulares, computadoras y electrodomésticos: los límites

La Resolución 340 mantiene reglas específicas por grupos. Las cantidades siguientes corresponden a la vía no comercial y están sujetas al límite de valor de la operación y a las demás condiciones aplicables. No significan que los artículos entren libres de impuestos.

Tipo de artículoCantidad admitida según la regla específica
Teléfonos celulares o inteligentesHasta 5 unidades
Computadoras de escritorio, laptops, tabletas, lectores digitales y similaresHasta 3 equipos en total, con independencia de su tipo
ElectrodomésticosHasta 2 del mismo tipo, con diversidad y dentro del límite de valor
Plantas eléctricasHasta 2 unidades
Herramientas valoradas por declaración, factura o referenciaHasta 2 de cada tipo
Instrumentos musicalesHasta 3 artículos, dentro del límite de importación

Una laptop, una tableta y una computadora de escritorio suman los tres equipos de cómputo admitidos; no son tres de cada categoría. Para celulares, el listado señala 80 USD como valor de referencia; para computadoras de escritorio, 200; laptops, 250; y tabletas, 100. Son valores para la liquidación aduanera, no impuestos fijos por unidad.

El listado también asigna a las estaciones de energía portátiles valores de referencia de 300 USD hasta 1.500 W, 400 USD por encima de 1.500 y hasta 3.000 W, y 500 USD para las superiores a 3.000 W. Los equipos de telecomunicaciones sujetos a autorización, incluidos los señalados en la tabla como routers y teléfonos satelitales, conservan ese requisito.

Ropa, alimentos y misceláneas: qué significa el peso

Para la valoración por peso de misceláneas importadas por pasajeros, la equivalencia es un kilogramo por 10 USD de valor aduanero. No equivale a cobrar automáticamente 10 dólares de impuesto por cada kilogramo.

Cuando la repetición o falta de diversidad lleve a considerar comercial un producto, el anexo prevé admitir cinco kilogramos por la vía ordinaria y aplicar al resto el procedimiento correspondiente. Para ciertos objetos de peso ínfimo, cuya acumulación resulte excesiva para uso doméstico, el umbral puede ser de un kilogramo.

La regla de cinco artículos de cada tipo hasta 50 USD de valor unitario, o tres cuando superen ese valor, tampoco sustituye las disposiciones específicas de electrodomésticos, informática y otras categorías. Revisar únicamente esa regla general puede llevar a preparar una carga que exceda lo permitido.

Las exenciones de otro régimen no se trasladan al despacho comercial

El apartado tercero de la Resolución 197 contiene una precisión decisiva: las operaciones acogidas a ella pagan el impuesto aduanero con independencia de beneficios fiscales concedidos a mercancías importadas mediante otros regímenes. Por tanto, una exención aplicable a un producto bajo determinadas condiciones no garantiza que ese mismo producto quede exento al pasar al nuevo despacho comercial.

Esta cláusula no equivale a eliminar todas las exenciones existentes. Obliga a distinguir el régimen y las condiciones concretas de cada importación.

Pagar no autoriza cualquier mercancía

La alternativa no elimina los motivos de decomiso por productos prohibidos, declaraciones fraudulentas u otras infracciones. Tampoco permite superar por simple pago los máximos especiales establecidos para vehículos. Si el titular no acepta el cobro, puede solicitar reembarque bajo las condiciones legales; si no paga ni reembarca en los términos exigidos, se aplica la medida administrativa correspondiente.

El antecedente: familias entre decomisos y demoras

En abril de 2024, Cubanos por el Mundo recogió denuncias de viajeros sobre decomisos de alimentos, aseo y medicinas considerados comerciales. Eran testimonios sobre la aplicación de las reglas de entonces, no hechos ocurridos bajo este nuevo paquete.

En septiembre de ese mismo año, nuestra cobertura sobre los retrasos de la paquetería recogió las explicaciones de Correos de Cuba, que señalaba obstáculos aduaneros y falta de combustible. El pago de un arancel no resuelve por sí mismo los problemas de entrega.

Análisis de Cubanos por el Mundo. La apertura tiene un costo concreto: permite rescatar determinadas mercancías del decomiso, pero condiciona esa posibilidad al acceso a dólares. El régimen conserva la facultad de clasificar la carga y cobrar por su entrada. Su impacto deberá medirse en operaciones efectivamente completadas, costos transparentes y productos que lleguen a sus destinatarios.

Documentación: ficha oficial de la Gaceta 83/2026 y copia íntegra consultada. Decreto-Ley 132: páginas 2795–2796; Resolución 197: páginas 2797–2799; Resolución 340 y anexos: páginas 2799–2819. Consulta: 5 de octubre de 2026.

Ernesto García

Periodista y editor con más de 25 años de experiencia. Me gradué en la Universidad de Oriente, en Santiago de Cuba, y desde entonces dediqué mi vida a contar historias, a informar y a defender el periodismo libre. En 2016 tuve que dejar Cuba. La censura y la persecución a los periodistas me obligaron a tomar esa decisión. Llegué a Miami y aquí encontré la libertad que necesitaba para seguir haciendo lo que más amo: periodismo sin ataduras. Hoy soy Director General de Cubanos por el Mundo, una plataforma que nació para conectar, visibilizar y acompañar a todos los cubanos que, como yo, construimos nuestra vida fuera de la isla sin perder nuestras raíces. Porque ser cubano no termina donde termina Cuba.

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