Las sanciones contra Díaz-Canel dieron un nuevo paso administrativo este miércoles luego de que el Gobierno de Estados Unidos publicara oficialmente en el Registro Federal los nombres de los funcionarios y entidades del régimen cubano incorporados a la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (SDN List) de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC).
La publicación representó la formalización oficial de unas designaciones que el Departamento de Estado anunció el pasado 4 de junio de 2026 como parte de una estrategia para incrementar la presión sobre la cúpula del régimen castrista y sobre las estructuras señaladas por Washington de respaldar actividades consideradas desestabilizadoras.
De acuerdo con el documento divulgado por el Registro Federal, las designaciones se realizaron bajo la Orden Ejecutiva 14404 y quedaron incorporadas de manera definitiva a la lista administrada por la OFAC, organismo encargado de aplicar los programas de sanciones económicas de Estados Unidos.
Con esta actualización, todos los bienes e intereses en propiedad que se encuentren bajo jurisdicción estadounidense y pertenezcan a las personas y organizaciones incluidas quedaron bloqueados.
Asimismo, ciudadanos estadounidenses, compañías y cualquier entidad sujeta a las leyes de Estados Unidos tienen prohibido realizar transacciones con los sancionados, salvo autorización expresa de las autoridades competentes.
La medida alcanzó a la cúpula del régimen cubano
Las sanciones contra Díaz-Canel abarcaron al dictador cubano y también incluyeron a integrantes de su círculo familiar más cercano.
Entre los designados aparecieron Lis Cuesta Peraza, esposa del mandatario; Manuel Anido Cuesta, hijastro de Díaz-Canel; Alejandro Castro Espín, hijo de Raúl Castro; y Raúl Alejandro Castro Calis.
La inclusión de estos nombres confirmó la intención de Washington de extender las restricciones más allá de los principales dirigentes políticos y alcanzar a personas consideradas parte del entorno de poder del régimen.
Cabe destacar que la publicación del Registro Federal no introdujo nuevos sancionados, sino que otorgó publicidad oficial a las medidas que ya habían entrado en vigor desde comienzos de junio.
Organismos y empresas del régimen también quedaron bajo sanciones
Además de las personas naturales, las sanciones contra Díaz-Canel y el régimen castrista comprendieron varias instituciones consideradas estratégicas dentro del aparato estatal cubano.
Entre ellas figuraron: el Ministerio de las Fuerzas Armadas Revolucionarias (MINFAR); los Comités de Defensa de la Revolución (CDR); el Instituto Cubano de Amistad con los Pueblos (ICAP); la agencia de viajes Amistur Cuba S.A.; la empresa minera La Victoria S.A.
Estas entidades pasaron a integrar la Lista SDN, lo que implica importantes restricciones financieras y comerciales para cualquier operación que involucre activos bajo jurisdicción estadounidense.
La decisión también incrementó los riesgos para empresas internacionales que mantengan vínculos con estas organizaciones si sus operaciones tienen algún nexo con el sistema financiero de Estados Unidos.
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Marco Rubio explicó el alcance de las medidas
Cuando el Departamento de Estado anunció originalmente las sanciones, el secretario de Estado Marco Rubio explicó que el objetivo consistía en debilitar las estructuras que sostienen al régimen cubano.
Rubio afirmó que las medidas apuntaban a “la red que permite y financia las operaciones subversivas y radicales de Cuba”.
El jefe de la diplomacia estadounidense también advirtió que cualquier persona o entidad que proporcionara apoyo, bienes o servicios a los sancionados podía exponerse igualmente a futuras restricciones.
La publicación reforzó la vigencia de las sanciones
Aunque las sanciones contra Díaz-Canel ya producían efectos jurídicos desde el 4 de junio, la publicación en el Registro Federal constituyó un paso relevante dentro del procedimiento administrativo estadounidense.
El Registro Federal funciona como el diario oficial del Gobierno de Estados Unidos y sirve para dar publicidad formal a normas, regulaciones, órdenes ejecutivas y decisiones administrativas de carácter federal.
Con esta publicación, las designaciones quedaron plenamente incorporadas a los registros oficiales utilizados por instituciones financieras, empresas, organismos reguladores y actores internacionales que verifican listas de sanciones antes de realizar operaciones comerciales.
Para bancos y compañías que operan con el sistema financiero estadounidense, esta actualización representa una referencia obligatoria al momento de evaluar riesgos de cumplimiento.
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