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EEUU sanciona al Banco Internacional de Comercio de Cuba por servir a un banco iraní

Estados Unidos sancionó al Banco Internacional de Comercio (BICSA), entidad estatal cubana, por prestar servicios al Karafarin Bank de Irán desde al menos 2022, según anunció el secretario de Estado, Marco Rubio.

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Marco Rubio durante una intervención oficial junto a banderas de Estados Unidos, vinculado al caso del Banco Internacional de Comercio S.A. (BICSA).
Marco Rubio en un acto oficial. El régimen cubano enfrenta nuevas presiones financieras tras medidas que involucran al Banco Internacional de Comercio S.A. (BICSA). Foto: Archivo / Composición CPEM

El Departamento de Estado de Estados Unidos sancionó este 15 de octubre al Banco Internacional de Comercio, S.A. (BICSA), entidad financiera del Estado cubano, por prestar servicios al Karafarin Bank de Irán desde al menos 2022, según anunció el secretario de Estado, Marco Rubio.

Karafarin Bank fue sancionado por el Departamento del Tesoro en 2020 bajo la Orden Ejecutiva 13902. La designación de BICSA, fundado en octubre de 1993 y con oficinas en Miramar, La Habana, se hizo en virtud de la Orden Ejecutiva 14404, del 1 de mayo de 2026, por operar en el sector de servicios financieros de la economía cubana.

Según el comunicado del Departamento de Estado, la acción se coordinó con otra del Tesoro contra actores financieros iraníes: ese mismo día, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) añadió a su lista de sancionados a bancos, casas de cambio y personas vinculadas a Irán.

Marco Rubio: Cuba opera como «puesto avanzado» de Irán y grupos terroristas

El secretario de Estado de Estados Unidos, Marco Rubio, justificó las sanciones contra el Banco Internacional de Comercio (BICSA) al acusar al régimen cubano de facilitar operaciones de actores extranjeros considerados hostiles por Washington.

En un mensaje publicado en su cuenta de X, Rubio afirmó que «durante demasiado tiempo, la Cuba comunista ha tenido permiso para operar como un puesto avanzado para actores malignos y grupos terroristas», entre los que mencionó a la República Islámica de Irán.

Rubio señaló que BICSA proporcionó servicios financieros a entidades iraníes sancionadas por Estados Unidos.

«Hoy, he designado a BICSA, una institución financiera cubana que ha estado proporcionando servicios financieros a entidades iraníes sancionadas», escribió el jefe de la diplomacia estadounidense al anunciar la medida.

En su comunicado, Rubio afirmó que Washington seguirá identificando y eliminando «de forma agresiva» las interconexiones financieras y de seguridad del régimen cubano con Irán y otros Estados y actores hostiles.

El funcionario también lanzó una advertencia directa a La Habana sobre la presencia de estructuras militares y de inteligencia de potencias extranjeras en la isla.

«Permítanme ser absolutamente claro: la Administración Trump no tolerará que un estado renegado albergue operaciones militares, de inteligencia y terroristas hostiles de potencias extranjeras a menos de cien millas de nuestra patria», advirtió Rubio.

Qué implican las sanciones contra el Banco Internacional de Comercio

Directivos en una mesa de presidencia frente al logotipo del Banco Internacional de Comercio S.A. (BICSA)
Acto del Banco Internacional de Comercio S.A. (BICSA), entidad sancionada por EEUU. Imagen de archivo.

El Departamento de Estado enmarcó la medida en la Orden Ejecutiva 14380, sobre las amenazas del Gobierno de Cuba a Estados Unidos, y en el Memorando Presidencial de Seguridad Nacional 5, que orienta la política de Washington hacia la isla a promover los derechos humanos, el Estado de derecho, el libre mercado y la democracia.

Como consecuencia de la designación, todos los bienes e intereses de BICSA que estén en Estados Unidos o en poder de personas estadounidenses quedan bloqueados y deben notificarse a la OFAC. También quedan bloqueadas las entidades en las que el banco posea, directa o indirectamente, el 50 % o más.

La OFAC recordó que las personas sujetas a la jurisdicción estadounidense ya tenían prohibido operar con BICSA sin autorización, por tratarse de una entidad estatal cubana. El cambio de fondo afecta a los extranjeros: según el Departamento de Estado, quienes hagan transacciones con designados bajo la Orden Ejecutiva 14404, o con los sectores financiero, energético, de defensa, minero o de seguridad de la economía cubana, se exponen a ser sancionados.

La OFAC fijó hasta el 14 de noviembre de 2026 el plazo durante el cual Washington no perseguirá a personas extranjeras, incluidas las instituciones financieras extranjeras (IFE), por las operaciones necesarias para desinvertir o liquidar sus transacciones con BICSA.

Durante ese período, bancos y empresas de otros países pueden cerrar esos procesos sin exponerse a sanciones por ese motivo. Sin embargo, la OFAC advirtió que el margen no elimina los riesgos de seguir operando con el banco cubano.

«No obstante, las personas no estadounidenses, incluidas las IFE, deben actuar con cautela en cualquier trato con una parte sancionada bajo esta autoridad. Las acciones destinadas a devolver activos a una parte sancionada o a transferirlos a otra jurisdicción para su posible uso por parte de la entidad designada podrían exponer a las personas no estadounidenses a un riesgo significativo de sanciones», advirtió la OFAC en su pregunta frecuente 1276, publicada este 15 de octubre.

La misma guía de la OFAC orientó a quienes no logren cerrar sus operaciones con BICSA dentro del plazo establecido.

«Se recomienda a las personas extranjeras que no puedan completar la desinversión o la liquidación de transacciones relacionadas con BICSA, o con cualquier entidad en la que BICSA posea, directa o indirectamente, una participación del 50 por ciento o más, antes del 14 de noviembre de 2026, que se comuniquen con la línea directa de cumplimiento de la OFAC», indica la OFAC.

Para personas y empresas bajo jurisdicción estadounidense no hay cambios: siguen sin poder operar con BICSA, ni siquiera para facilitar la salida de un socio extranjero, salvo autorización expresa de la OFAC, como las previstas para transacciones humanitarias y diplomáticas en el Reglamento de Control de Activos Cubanos y en las licencias generales 1 y 4A.

«Las personas sujetas a la jurisdicción de los EE. UU., incluidas las personas estadounidenses y las entidades propiedad de o controladas por personas estadounidenses, deben tener en cuenta además que esta postura limitada de no imposición de sanciones no autoriza ninguna transacción prohibida por el Reglamento de Control de Activos Cubanos, 31 CFR parte 515, ni por ninguna otra autoridad de sanciones de la OFAC», añade la OFAC.

Contexto: la escalada de sanciones de EEUU contra Cuba en 2026

La medida se sumó a una serie de sanciones aplicadas en los últimos meses contra el régimen cubano, como las impuestas en septiembre a un nieto de Raúl Castro y otras entidades del régimen y, en agosto, al exespía Fernando González Llort.

El 29 de septiembre, la OFAC publicó el reglamento que desarrolla la Orden Ejecutiva 14404 y endureció el Reglamento de Control de Activos Cubanos, entre otras cosas con la eliminación de la licencia general para transferencias «U-turn» y nuevos límites a los viajes. Ese día también emitió la alerta «Sanciones ampliadas contra Cuba», que advierte del mayor riesgo en las transacciones relacionadas con la isla.

Nota de actualización (15 de octubre de 2026): esta información fue actualizada para precisar, con base en el comunicado del Departamento de Estado y la guía de la OFAC, que BICSA fue sancionado por prestar servicios al Karafarin Bank iraní; para citar la base legal de la medida (Orden Ejecutiva 14404), y para corregir afirmaciones sobre el alcance de la sanción y sobre las alertas emitidas en septiembre que no constaban en las fuentes oficiales.

Carlos Escorihuela

Periodista multiplataforma con trayectoria en radio, televisión y prensa digital. Especializado en la cobertura de la realidad política de América Latina

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